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Antiguo 29/06/2013, 00:01
pitufinho pitufinho esta offline
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Predeterminado Legislacion actual sobre alumbrado blanco y amarillo en opticas delanteras

hola, vengo de hacer una lectura recopilacion por otro foro y el ministerio de industria.

os dejo la legislacion actual de si se pueden poner bombillas amrillas en los coches y toda esa polemica ke hay aveces con coches medianmente clasicos.

Texto extraido de: http://www.minetur.gob.es/es-ES/Nove...ero2012web.pdf

ANTINIEBLAS:

Pagina 80 y 81
a.- ESPECIFICACIONES GENERALES
Todo vehículo de las categorías M y N matriculado a partir del 26/07/99, debe estar equipado con
uno o dos dispositivos de luz antiniebla trasera de color rojo, situados desde el centro hacia la
izquierda si es una luz, o simétricamente a ambos lados del eje longitudinal del vehículo en el caso
de dos luces.
Para los vehículos de la categoría O se aplica el párrafo anterior exceptuando a aquellos vehículos
que no equipaban esta luz en su homologación.
Todo vehículo de las categorías M y N puede llevar dos luces antiniebla delanteras de color blanco
o amarillo selectivo.


b.- MÉTODO
Mediante inspección visual se comprobará:
- El número de luces.
- Su funcionamiento.
- Su situación.
- La homologación.
- El estado de los dispositivos.
- El color de la luz emitida.
- Que al operar sobre el mando de funcionamiento de estas luces, no se encienda ningún otro
dispositivo luminoso diferente a los reglamentariamente establecidos.
- El funcionamiento del testigo de las luces antiniebla posteriores.
c.- REGLAMENTACIÓN DE REFERENCIA
General: Reglamento General de Vehículos Art. 15, 16 y 17 y Anexo X.
Particular: Directiva 76/756/CEE.
Reglamento CEPE/ONU 48 R

tambien cabe decir que la luz antinibla trasera se tiene ke encender primero, y solo funcionara con las luces de cruce puestas. y que la luz antiniebla delantera funcionara con la luz trasera puesta.

si llevas las antinieblas puestas cuando no son necesarias es multa directa. no te salva nadie.


OPTICAS:

pagina 68 de documento anterior


ESPECIFICACIONES GENERALES
Todo vehículo de las categorías M y N debe estar provisto de:
- Dos o cuatro luces de carretera que emitan luz blanca. En el caso de vehículos de la categoría
N3 pueden ser 2, 4 ó 6.
- Dos luces de cruce que emitan luz blanca,
Color de las luces: El color blanco en las luces de cruce y carretera es obligatorio en vehículos
matriculados a partir del 26/7/99. La legislación anterior (art. 146 del Código de la Circulación)
permitía que el color de estas luces fuera amarillo selectivo.

b.- MÉTODO
Mediante inspección visual se comprobará:
- El número de luces.
- Su funcionamiento.
- Su situación.
- La homologación.
- El estado de los dispositivos.
- El color de la luz emitida.
- El apagado de todas las luces de carretera con un sólo mando.
- La orientación del haz luminoso de la luz de cruce.
- Que la intensidad de todas las luces de carretera que pueden encenderse simultáneamente no
excedan de 430.000 candelas, verificándolo por la suma de los índices de intensidad que
figuran en cada proyector (valor de referencia 100). La marca de referencia «10» se asignará a
cada uno de los faros marcados con «R» o «RC».
- Que al operar sobre el mando de funcionamiento de estas luces, no se encienda ningún otro
dispositivo luminoso diferente a los reglamentariamente establecidos.
- El dispositivo de nivelación cuando sea de accionamiento manual y lo incorpore de origen
- El dispositivo lavafaros cuando sea obligatorio.
- Que la fuente luminosa es compatible con el proyector.
- El funcionamiento del testigo de luces de carretera.
c.- REGLAMENTACIÓN DE REFERENCIA
General: Reglamento General de Vehículos Art. 15 y 16 y Anexo X.
Particular: Directiva 76/756/CEE
Reglamento CEPE/ONU 48 R.

Última edición por pitufinho; 29/06/2013 a las 00:05
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Antiguo 29/06/2013, 08:58
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Vamos que los vinilos amarillos en los antinieblas delanteros es legal
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Última edición por lupogt; 29/06/2013 a las 09:01
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  #3  
Antiguo 29/06/2013, 20:14
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Iniciado por lupogt Ver Mensaje
Vamos que los vinilos amarillos en los antinieblas delanteros es legal
Y en las de opticas de cruce y carretera tb si es anterior al 99 no ?

Un saludo.
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  #4  
Antiguo 30/06/2013, 23:10
pitufinho pitufinho esta offline
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en ningun momento dije nada de vinilos ni nada. se entiende que deben de ser cristales amarillos o bombillas. los vinilos ya sabemos todos lo ke pasa desde que fueron inventados xD ke no ke no y ke no... y nose xq...

laca de bombillas y tira pa lante.
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