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Antiguo 28/09/2012, 21:04
Currito Currito esta offline
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Iniciado por PANCHO GTI Ver Mensaje
Ok Currito , has despejado dudas referente las suspensiones , ancho de vías , frenos etc , es un precio orientativo para la gente que quiere homologarlos , a ver, es dinero , pero tampoco tanto para llevarlo todo en regla i olvidarte del tema ,no ?

También seria bueno que dijeras que suspensiones , pq no es lo mismo unos Bilstein prokit Eibach que solo tienes que homologar muelles , unas V-Max que están homologadas o unas Ta-Technix que tienes la TUV pero necesitan proyecto ...... Los frenos eran mas gordos ? cuales ? etc etc
pues mira mi caso concreto son suspensiones fk konigsport,discos de frenos perforados e ic frontal autobahn88. aprovechando te comento un par de cosas mas. a nivel homologacion de suspensiones es igual suspension roscada que muelles.la teoria dice q siempre que bajes un coche te vale con homologar los muelles, por que ese mismo amortiguador podria ser compatible con los muelles de serie. esa es la teoria luego ya se sabe la practica. asi que da igual que sean bilstein prokit que koni, que unos gabriel o lip gas por ponerte ejemplos. la unica variacion es a la hora de gestionar el papeleo y la anotacion en la ficha tecnica, que normalmente se anota marca modelo referencia y contraseña de homologacion, cuando se tienen unos muelles se pone "instala muelles" y cuando se monta roscada "modifica sistema suspension". en ambos caso se pone al final de la anotacion la altura a la que se queda el coche.que tiene que corresponder con la altura del proyecto en temas roscadas.una vez pasada la itv puedes hacer lo que quieras bajo la responsabilidad de cada uno. la unica cosa "extraña" es el tema de suspensiones neumaticas que son un mundo aparte.

las v maxx estan homologadas, pero las ta tecnix tambien. la unica diferencia es que los señores de hiltrac han querido presentar sus modelos de la marca vmaxx a una reforma de importancia generalizada(como puede pasar con bastantes marcas de muelles) por lo que si se tiene ese papelito(un listado de referencias de modelos de suspensiones de la marca combinado con los modelos para los que son compatibles. en este caso, tienes que presentarte para homologar la suspension con ese papelito y un certificado de taller de montaje con su numero de registro mercantil y registro especial. si no por mucho que presentes el papel en la itv te va ha hacer tris tras por detras.

si los frenos son mas gordos y son de un modelo de la misma marca o algun upgrade de ese tipo, puedes pedir en la propia marca un certificado. si son kits raros o injertos te tienes que ir a proyecto. los discos rayados y perforados, rayados,o solo perforados tambien son reforma. asi como los latiguillos de freno metalicos o cambiar la bomba.


Cita:
Iniciado por PANCHO GTI Ver Mensaje
Y para lo mío de los carburadores ya me informaré en un homologador para ver si me sale a cuenta o lo dejo tal cual

Pues imagínate , casi el doble de los 3,5% que comentas me daba a mi , y una cosa para los catalizados anteriores al 96 que valor es el máximo?

Lo que no puedo ver el archivo PDF , que dice de los asientos y la suspensión ? Pq a mi tb me interesa el tema

Un saludo.
Informate en el homologador pero veras que te ponen bastantes bastantes complicaciones. no es lo mismo pero si similar, hace poco homologamos donde trabajo un ibiza kit car para su uso de calle con una admision de guillotina y caja de carbono.la homologacion se le retraso casi un año por ese aspecto y las dificultades administrativas a nivel de emisiones.

antes del 96 se miran todos con el mismo rasero,como te comente antes 3.5...y a partir del 2002 0.3 0.2...

respecto a suspensiones supongo que te refieres a esto.

5.1.- Modificación de las características del sistema de suspensión o de algunos de sus componentes elásticos
necesitas presentar
Proyecto Técnico y certificación final de obra
• Informe de conformidad
Deberán reflejarse las condiciones técnicas referentes a las modificaciones realizadas en el sistema de
dirección (cotas de reglaje, cambio de bieletas, etc)
• Certificado del Taller


las anotaciones que se realizan como te comentado:
__/__/____ Cambio de sistema de suspensión,
__/__/____ Cambio de (componente) de suspensión, indicando características


y estas son las observaciones que se hacen:
Aquellas modificaciones de suspensión que afecten o alteren la regulación de válvulas distribuidoras o válvulas sensibles a la
carga deberán cumplir con la directiva de frenado 71/320/CEE.
Esta reforma obliga a la incorporación de protección lateral, sistema antiproyección y protección trasera para vehículos que en la
fecha de matriculación no era obligatoria la incorporación de estos dispositivos, aunque la reforma no afecte a estos Actos
Reglamentarios.
Los Actos Reglamentarios relativos a protección delantera contra el empotramiento, protección de los peatones y sistemas de
protección delantera no se exigirán a los vehículos matriculados antes de la fecha de obligatoriedad marcada en el Real Decreto
2028/1986 para estos Actos Reglamentarios.
En caso de que la reforma incluya la sustitución del dispositivo antiempotramiento trasero, se aplicará la directiva a último nivel.
No se considerará reforma la instalación de barras de unión en torretas de suspensión.


solo destacar el ultimo punto que eso ya no es reforma como bien pone!

de asientos hay varias...pero supongo que la que te interesa es esta.
8.10.- Sustitución de asiento por otro distinto
 Informe de conformidad
 Certificado del Taller

__/__/___ Sustitución de los asientos originales por otros (Identificación).
Para vehículos categoría M1, N1, N2 y N3, se deberá cumplir con las condiciones establecidas en el Anexo II punto C de la
Directiva 2007/46/CE.
Cuando el cambio de asiento implique aumento o disminución de plazas se tramitará conjuntamente la reforma 8.1 y 8.2
Esta reforma se refiere a la sustitución o modificación de los asientos, asientos móviles que ayudan a la entrada y salida de
personas, plataformas giratorias para asientos, entre otras
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