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Antiguo 31/01/2011, 15:15
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Iniciado por RoberG60 Ver Mensaje
Hoy he estado en la ITV con la Joyota del curro, de paso he preguntao por lo mio y:

Escape: por ahora nada, si esta troquelado de fabrica con referencias y demas, no problema, mas adelante quiza haga falta certificado de fabricante.

Suspension regulable: siempre cuando vaya a una altura parecida a serie (-4) no problema ni presentar nada.

Faros tuneros: ya que tengo la homologacion que traian, añadir certificado de instalacion en taller, me dieron ellos el modelo de certificado.

Discos perforados: Jajajajajajajjajaja como si le pintas flores chaval, con pinzas de serie y demas no hay problema.

Espero que el dia que vaya realmente esten asi de agradables jeje.

Saludos, Roberto.


Pero eso no es la ley, eso es lo que te ha dicho uno que hace en la ITV que trabaja, y creo que eso no es lo que se esta hablando aqui.

Para todos los que no lo sepan, desde la entrada en vigor de esta ley toda reforma que ahora recoja la ley aunque ya lo tuvierais montado anteriormente debe estar incluido en la ficha tecnica. Si los escapes tienen la chapita de homologacion, lo que hacen es ponerte la referencia en ficha tecnica. Esto lo pone en la nueva ley, y se tienen 6 meses para incluirlo directamente en ficha tecnica, despues habria que hacer proyecto tambien para estas cosas y sino lo haces ITV desfavorable y te pueden multar.

Tened en cuanta que ahora practicamente todo se considera reforma de importancia, cosas que antes no lo eran.

"Disposición transitoria quinta. Reformas de nueva tipificación.
Los vehículos a los que se les hubiera efectuado una reforma tipificada como tal en este real decreto y que con anterioridad no fuera considerada como reforma, deberán legalizarla mediante diligencia administrativa ante el órgano competente de la comunidad autónoma correspondiente, quien hará la anotación en la tarjeta de ITV, para lo cual dispondrán del plazo de seis meses. Transcurrido este periodo, deberán legalizarse siguiendo el procedimiento establecido por el presente real decreto."
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