Ver la Versión Completa : dar de baja un coche
yoyotame
10/12/2004, 11:17
Hola, he oído que hay una ley nueva sobre lo de dar de baja el coche... (hay que llevarlo directamente a la chatarra y no te lo puedes quedar o algo así) sabéis como está el tema este? Ah, también me preguntaba si los desguaces o las chatarras recogen "el chasis" de los coches para llevárselos? Tengo uno de un 127 pues...
Gracias
buenas,
basicamente y por resumir:
si te lo que queda: pagas el numerito cuando te toque (aunque no muevas ni un cm el coche) o en su defecto lo das de baja temporal (que no se cuanto tiempo tienes de maximo y si tb te hacen pagar numerito)
si te lo quieres quitar del medio: desde comienzos del 2004 salio una ley por la que un particular no puede tramitar la baja, tiene que ser un centro autorizado (dicese desguace homologado) o bien un centro de recogida medioambiental, en cualquier de los casos tienes que llevar la docu del coche, numerito pagado y te dan un papel como tu lo has entregado en el sitio correcto.
En cuanto a si pillan el chasis...pues yo te diria que no lo dejes muy limpio pq te dicen que nones (a mi me ha pasado), si donde vives tienes policia local y tienes todo en regla y ningun desguace se quiere hacer cargo, ellos estan obligados a su retirada con un grua municipal.
La opcion chatarrero no es buena, pq te deshaces del chasis pero sin la baja, y no te quedara otra que denunciarlo por robo o pagar el numerito de por vida.
Salu2.
en efecto, como dice Ocarrig, tienes que darles el ultimo numerito pagado y documentacion y ellos se llevan el coche, o se lo llevas tu, depende de si les interesa, y ellos se encargan de todo.
Yo te aconsejo que llames a Desguaces Latorre y con los papeles en regla te hacen firmar un papel y se lo llevan, recogen coches por toda españa.
Creo recordar que era asi, yo lo hice en marzo y creo que no se me olvida nada, llama a ver que te dicen.
Saludos
ojito, yo el mio lo deje pelao, y tanto la torre como el choque (este ultimo incluso fue la grua a por el y cuando vio como estaba ni lo monto)no lo querian, asi que tu veras como lo dejas de limpio, pero el marron puede ser gordo.
Salu2.
Ocarrig a todo esto...al final q fue de el? sigue aun en la parcela?? o lo has donado a un museo de arte abstracto?;)
El_Toledo
10/12/2004, 20:45
No te preocupes que el coche no lo encuentran...
fjbordonado
10/12/2004, 22:11
Ojo, como centro de recogida medioambiental estan obligados a cogerlo!!!, otra cosa es que te paguen a ti o que pagues tu....., pero te lo tienen que coger por narices, que para algo son centro de recogida medioambiental. Y yo si he dado a primeros de este año un coche de baja mediante trafico y luego con la misma grua del seguro lleve el coche al desguace, otra cosa es que sea la grua del deguace quien lo lleve.....
El_Toledo
11/12/2004, 13:51
quote:Originally posted by fjbordonado
Ojo, como centro de recogida medioambiental estan obligados a cogerlo!!!, otra cosa es que te paguen a ti o que pagues tu....., pero te lo tienen que coger por narices, que para algo son centro de recogida medioambiental. Y yo si he dado a primeros de este año un coche de baja mediante trafico y luego con la misma grua del seguro lleve el coche al desguace, otra cosa es que sea la grua del deguace quien lo lleve.....
Pues tio el de la grua dijo que no se lo llevaba, llamó al jefe del desguace delante nuestra y dijo que no, que de ese coche no sacaba nada (cosa que es cierta).
Si realmente estan obligados, si no se lo llevan se puede denundiar ¿no?.
la obligacion viene cuando llamas a los locales del sitio donde estes que estos si que estan obligados a gestionarlo, el desguace o centro autorizado no.
en nuestro caso, como estaba en medio del campo no podia avisar a los locales x miedo a una multa de tema medioambiental, ya que ese campo es parque regional de madrid.
aaaaaaadios!!
El_Toledo
13/12/2004, 09:13
Vamos a ver.
Si yo tengo un chasis en un garaje, no queda nada mas que chapa y quiero darlo de baja. ¿estan obligados no?. Por mucho que diga el desguace que no le sirve ¿es así?
Y yo pregunto ahora ¿Qué ocurriría si se declara como robado un coche, y se le (Radial powaaa jjjj) hace cachitos y se tira en un cubo de basura? (chasis)
Lo he estado pensando..
La forma de toda la vida para dar de baja (mediante jefatura de tráfico)según el siguiente documento:
http://www.mir.es/guiatram/archivosguia/trafico.pdf
era....
Requisitos para la baja:
- Solicitar un impreso oficial que facilitará la Jefatura de Tráfico.
- Pagar la tasa legal de dicho trámite.
- DNI en vigor del titular.
- Permiso o licencia de circulación y tarjeta de inspección técnica o certificado de característica del vehículo.
- Original y fotocopia del documento acreditativo de haberse abonado el último recibo puesto al cobro del Impuesto sobre vehículos de Tracción Mecánica, o justificante de su exención. No necesitan presentarlo los titulares de vehículos con mas de quince años de antiguedad desde su ínscrición en el Registro de Vehículos.
- Impreso de baja del Impuesto sobre Vehículos de Tracción mecánica.
yoyotame, LA NUEVA; LA TIENES EN EL SIGUIENTE POST ;)
Para Ocarrig:
<s>El plazo máximo de una baja temporal es de: UN AÑO IMPRORROGABLE. (si mis fuentes son correctas).</s>. En teoría sí. En la práctica OCarrig ha comprobado que no.
Esa al menos es la teoría, para dar de baja COMO DIOS MANDA un coche ;).
Bien, efectivamente, desde el año 2003 la normativa cambió (acorde a una directiva Europea aprobada en el año 2000)
I. NUEVA FORMA DE DAR DE BAJA UN COCHE:
Las solicitudes ya no se tramitan en Tráfico, sino en los desguaces
Desde el año pasado, cuando nuestro vehículo llega al final de su vida útil ya no es necesario darlo de baja en Tráfico, sino que tenemos la obligación de llevarlo a un Centro Autorizado de Recepción y Descontaminación. Estos establecimientos, que sustituyen a los tradicionales desguaces, se encargan ahora de gestionar todo el papeleo y se aseguran de que sea eliminado de forma respetuosa con el medio ambiente.
Antiguamente, cuando alguien quería dar de baja definitiva su coche debía acudir a la Jefatura Provincial de Tráfico del domicilio del interesado o a la de la provincia donde se matriculó el vehículo. Sin embargo, desde enero de 2003 quien quiera deshacerse de su automóvil usado tiene la obligación de entregarlo en un centro autorizado de tratamiento, que se encargará de descontaminarlo para evitar que polucione el medio ambiente. Estos establecimientos reciben el nombre de Centros Autorizados de Recepción y Descontaminación (CARD) y en las oficinas de Tráfico se puede conseguir una relación de los que hay en cada provincia.
Esta medida sólo afecta a los coches, ya que no es necesario llevar a los centros autorizados los ciclomotores, las motos, los camiones o las furgonetas de más de 3,5 toneladas.
Por otra parte, los ayuntamientos tendrán que hacerse responsables de llevar los automóviles abandonados en su municipio a los centros de tratamiento para que sean descontaminados.
El titular puede entregar su coche directamente en un CARD o bien en una instalación de recepción (concesionarios o las compañías de seguros, entre otros). El Real Decreto 1383/2002, que regula la gestión ambiental de los vehículos fuera de uso (VFUS), enfatiza que los fabricantes deben hacerse cargo de los coches de su marca que les sean entregados para trasladarlos a los centros de tratamiento. Para ello deben garantizar la disponibilidad de instalaciones de recepción en todo el territorio nacional.
II.CERTIFICADO DE DESTRUCCIÓN
Los centros de tratamiento tienen la obligación de certificar gratuitamente que el vehículo ha sido entregado para ser descontaminado. También deben emitir un certificado de destrucción que acredite el fin de la vida útil del automóvil. Este documento tampoco tendrá coste alguno para el titular.
Un portavoz de la Dirección General de Tráfico matiza que “el coche debe contener al menos el motor y la carrocería y no puede haber sufrido operaciones de desmontaje de piezas o componentes”.
Los requisitos mínimos que deben figurar en el certificado de destrucción son:
Establecimiento o empresa que expide el certificado: nombre, dirección, código de la autorización como gestor de residuos peligrosos en el Registro de Gestores de residuos correspondiente, número de inscripción en el Registro Industrial y firma del responsable de dicho establecimiento o empresa.
Órgano u organismo administrativo otorgante de la autorización del gestor de residuos peligrosos (titular y dirección)
Fecha de expedición del certificado de destrucción.
Número de matrícula y distintivo de nacionalidad del coche (se adjuntará el documento de matriculación o una declaración del establecimiento o empresa que expida el certificado haciendo constar la inexistencia de este documento).
Tipo de vehículo, marca y modelo.
Número de identificación del automóvil (bastidor).
Nombre, dirección, nacionalidad y firma del titular del vehículo entregado.
El certificado de destrucción que emiten los centros de recepción justifica ahora la baja definitiva del coche en el registro de Tráfico a partir de esa fecha. En el caso de que el VFU haya sido entregado en una instalación de recepción, la baja contará desde ese momento.
Sin embargo, existen varias excepciones a esta nueva normativa. Si el titular del vehículo ha fallecido, es una persona jurídica, un menor de edad o un discapacitado, o si la persona que solicita la baja es distinta del titular, es necesario presentar la solicitud también en Tráfico y acompañarla del certificado de destrucción.
Además, si el coche tiene una orden de precinto anotada en su historial no podrá obtener la baja definitiva hasta que dicha orden sea cancelada. Por lo tanto, el vehículo tendrá que seguir pagando el impuesto municipal de circulación.
En cambio, tener multas no impide que el automóvil consiga la baja definitiva, puesto que este tipo de sanciones se asocian al titular, y no al vehículo.
III.DOCUMENTOS A PRESENTAR:
La Orden Ministerial que desarrolla el decreto especifica que a la hora de entregar el coche hay que presentar los siguientes documentos:
Solicitud de baja a través del impreso modelo oficial con los datos y firma de la persona titular del automóvil.
Permiso de circulación y Tarjeta de Inspección Técnica del vehículo.
Fotocopia cotejada del documento acreditativo de haber abonado el último recibo del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, si el coche tiene una antigüedad inferior a quince años.
Los CARD, una vez emitido el certificado de destrucción, remitirán cada quince días esta documentación a su Jefatura Provincial de Tráfico. También le enviarán la relación de automóviles mediante un correo electrónico firmado y certificado dirigido a la dirección bajas: bajas.vehiculos@dgt.es.
Al gestionar las bajas en el Registro de Tráfico, los centros de tratamiento tendrán que abonar una tasa, por lo que la nueva normativa les permite cobrársela a los titulares en el momento de entregar el vehículo. El importe de esa tasa es de 6,80 euros, y sólo es necesario pagarla si el coche tiene menos de quince años.
Quienes deseen acogerse al plan Prever pueden elegir entre acudir a Tráfico con el certificado de destrucción o dejar que sea el centro de tratamiento quien se encargue de los trámites.
Y a modo de información gratuita:
LOS NUEVOS DESGUACES:
El decreto 1383/2002 desarrolla el Plan Nacional de Vehículos al final de su vida útil e incorpora al derecho español una directiva de la Unión Europea aprobada en el año 2000. Ambos documentos buscan reducir al mínimo las repercusiones sobre el medio ambiente de los VFUs para contribuir a la protección y mejora de la calidad ambiental y a la conservación energética.
Con este fin, impone unas normas muy severas en cuanto a las instalaciones con las que deben contar los lugares donde se reciben y almacenan los vehículos antes de proceder a su descontaminación. Estos centros deben contar con zonas adecuadas al número de vehículos a almacenar y estar dotadas de pavimento impermeable, con instalaciones para la recogida de derrames, de decantación y separación de grasa.
Además, deben disponer de equipos para el tratamiento de aguas, incluidas las de lluvia, que han de ser tratadas conforme a la reglamentación sanitaria y medioambiental antes de deshacerse de las mismas.
Por otra parte, los centros autorizados de tratamiento deben contar con las siguientes zonas:
Zonas cubiertas adecuadas al número de vehículos a descontaminar. Estas áreas deben tener pavimento impermeable e instalaciones para la recogida de derrames, de decantación y de separación de grasas.
Zonas cubiertas y con pavimento impermeable para almacenar los componentes retirados del vehículo y que estén contaminados, en especial para aquellos que estén impregnados de aceite.
Contenedores adecuados para almacenar las baterías (con neutralización del electrolito allí mismo o en un lugar cercano para casos de accidente), filtros y condensadores de PCB/PCT.
Depósitos adecuados para almacenar separadamente los fluidos de los vehículos al final de su vida útil, es decir: combustible, aceite de motor, aceite de cajas de cambio, aceite de transmisión, aceite hidráulico, líquidos de refrigeración, líquido anticongelante, líquido de frenos, ácido de baterías, fluidos del equipo del aire acondicionado y cualquier otro fluido contenido en el vehículo.
Equipos de recogida y tratamiento de aguas, incluidas las de lluvia en las zonas no cubiertas, las cuales han de ser tratadas antes de su vertido, de conformidad con la normativa ambiental y sanitaria establecidas por las distintas Administraciones públicas.
Zonas apropiadas para almacenar neumáticos usados, que incluyan medidas contra incendios y prevención de riesgos derivados de almacenamientos excesivos.
Esta normativa tan estricta ha supuesto un gran esfuerzo de adaptación para los desguaces, ya que – como señala el Plan Nacional de Vehículos al final de su vida útil – hasta no hace mucho los coches dados de baja “eran entregados en instalaciones de desguace, en su mayoría poco controladas y carentes de las oportunas autorizaciones”.
El Plan – elaborado en 2001 – apunta la existencia de unos 3.500 desguaces, la mayoría ilegales y con escaso control ambiental. Además, prosigue, algunas de las piezas o componentes de los VFUs eran reutilizadas “sin mucho control, en vehículos viejos o de segunda calidad, y el resto se vendían como chatarra, sin una previa y adecuada descontaminación”.
Julio Lorente, Adjunto al Secretario General de la Federación Española de la Recuperación (FER), subraya los riesgos que comporta introducir elementos contaminantes en la máquina fragmentadora encargada de separar los componentes de los coches, ya que pueden producir explosiones y perjudican la calidad de los materiales que se obtienen de ella, que luego son vendidos a las fundiciones para ser reciclados.
quote:Originally posted by El_Toledo
Vamos a ver.
Si yo tengo un chasis en un garaje, no queda nada mas que chapa y quiero darlo de baja. ¿estan obligados no?. Por mucho que diga el desguace que no le sirve ¿es así?
Si lo tienes en tu casa y el desguace dice que nones llamas a la municipal y se lo llevan.
Y pa terminar con el tema:
Como dice sugus:
quien quiera deshacerse de su automóvil usado tiene la obligación de entregarlo en un centro autorizado de tratamiento, que se encargará de descontaminarlo para evitar que polucione el medio ambiente.
(O LO ENTREGAS TU; O LA AUTORIDAD COMPETENTE)
Esta medida sólo afecta a los coches, ya que no es necesario llevar a los centros autorizados los ciclomotores, las motos, los camiones o las furgonetas de más de 3,5 toneladas.
Por otra parte, los ayuntamientos tendrán que hacerse responsables de llevar los automóviles abandonados en su municipio a los centros de tratamiento para que sean descontaminados.
(COMO BIEN DIGO; LA AUTORIDAD COMPETENTE)
El titular puede entregar su coche directamente en un CARD o bien en una instalación de recepción (concesionarios o las compañías de seguros, entre otros). El Real Decreto 1383/2002, que regula la gestión ambiental de los vehículos fuera de uso (VFUS), enfatiza que los fabricantes deben hacerse cargo de los coches de su marca que les sean entregados para trasladarlos a los centros de tratamiento. Para ello deben garantizar la disponibilidad de instalaciones de recepción en todo el territorio nacional.
(DE ESTOS DE LOS FABRICANTES NO SE NADA)
RESUMIENDO
Si esta en tu casa, tu aparcamiento, tu.... es decir, en un sitio que sea de tu propiedad, o bien lo llevas tu y punto, o bien si los desguaces no se quieren hacer cargo, llamas a la grua municipal de tu municipio y listo.
Si esta es medio del campo, en un lugar publico (que no sea de tu propiedad), etc, etc...pues tb puedes llamar a la grua municipal (siempre que el desguace no lo quiera) pero OJITO!!, es posible que se lo lleven pero tu te lleves una receta a tu casa...pq un coche desguazado no puede estar en la via publica, en medio del campo o que se yo, y como el coche es tuyo tu eres el responsable. (otra cosa es que tuvieras una denuncia de robo y a los dias aparezca bien desguazado, como tu no has sido responsable, no te comes nada)
por lo demas, os puedo decir, que luego cada uno haga lo que crea oportuno, lo que si que os digo es que en estos dias me he puesto bien las pilas con este tema y no tenemos tu tia...es asi y por mas que quieras hacerlo de otro modo, no se puede...asi que luego c/u que lo haga como quiera, bien que le de a la radial powa!!, bien que lo denuncie como robo, bien que lo queme, etc...etc...
espero que asi haya quedado claro el temita...en serio os digo que en este mes he leido, hablado y conversado con mucha gente del tema y es lo que tenemos (incluso hable con policia)
aaaaaaaaaaaaaadios
aitorcoupe
13/12/2004, 23:52
la solucion es ir a trafico y decir que el vehiculo se desguazo antes del 2003(antes de entrar esta ley en vigor) sin haberle dado la baja y por lo tanto el vehiculo no existe,y con los papeles te daran la baja.(esto con vehiculos matriculados antes del 2003).Luego desmonta lo que quieras, llama a una chatarreria( no a un desguace)y selo llevan como chatarra no como vehiculo. Acabo de hacerlo con un audi coupe
El_Toledo
14/12/2004, 07:34
Pero el problema de esto es que es la mayoria de nuestros casos, se da de baja por un ostia reciente, es decir, casí seguro que tendremos el ultimo impuesto pagado, así que en el momento que tengas el del año 2004...
quote:Originally posted by syquus
El plazo máximo de una baja temporal es de: UN AÑO IMPRORROGABLE. (si mis fuentes son correctas).
Puedes confirmar este dato???....yo estoy hablando con dos gestorias para confirmarlo 100%, ya que segun me han dicho personas conocidas no tiene limite de tiempo...pero prefiero que lo tengamos muuuu claro.
GRACIAS
Salu2.
aitorcoupe
15/12/2004, 17:21
EL ultimo impuesto lo tienes que pagar de todas formas´,es obligatorio para dar la baja que los papeles esten al dia. Lo acabo de hacer y no he tenido ningun problema al menos en Gipuzkoa.
quote:Originally posted by aitorcoupe
EL ultimo impuesto lo tienes que pagar de todas formas´,es obligatorio para dar la baja que los papeles esten al dia. Lo acabo de hacer y no he tenido ningun problema al menos en Gipuzkoa.
Gracias aitor, aunque este punto ya estaba aclarado en los primeros comentarios de este post (pag.1).
Respecto a lo de que la baja temporal sea de un año, como diria el sr.cuesta, INCORRECTO, despues de hablar con tres gestorias ninguna puede confirmar el dato e incluso me aseguran que no, asi pues, la baja temporal dura hasta que tu kieras darlo de alta de nuevo, en nuestro caso nunca.
ejemplo practico: yo tengo un coche que esta reventao, pero me hace la funcion en el terrenito de mi propiedad que tengo por ahi en el campo...pues lo doy de baja temporal y lo utilizo para circular por mi propiedad, claro esta que no podria pisar la via publica.
Ta lueeee!! por fin creo que tengo la solucion a mis problemas, jaja!!
Visto, despues de pasarme buena parte de la mañana en trafico, he comentado sin grandes detalles el tema y efectivamente de momento la baja temporal tiene una validez indefinida, por lo que he tramitado la baja del golfito pagando 6.80 euros de tasa (si lo denuncias como robo, te sale gratis, pero menudo trago el ir a la comisaria, preguntas, etc..mal rollo por 7 euros), lo que pasa es que me han dado el a004 y cuando he visto la pantalla como que prefiero ir mañana temprano pa´terminar de hacerlo, pq iban por el a457, incluso el tio que te daba el papel te decia, no te van atender, con toa su jeta....eeeesto pa´veeeeeeeeeerlo!!
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