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Ver la Versión Completa : Nueva legislación muelles? TÜV valido?


Amberdawn
15/01/2010, 08:39
Al ver en el post de Desfase que pone que cambiaron la normativa en cuanto a remolques y como Krosher me dijo una vez que iban a cambiar la de los muelles. he hecho una busqueda en la red y he encontrado este hilo:

Parece ser que ya es legal la TÜV, que no hace falta ningún proyecto, ni homologación extra..

Cita:
Desde el pasado dia 13.05.2009 está en vigor la nueva regulación europea 764/2008. Basicamente se trata de facilitar al máximo la libre circulación de mercancias entre los estados miembros de la Unión Europa y de limitar de forma radical las barreras que los Estados de forma unilateral puedan establecer. Para ello establece:

Una mercancia que se comercializa de forma legal en un Estado Miembro puede comercializarse de forma legal en cualquier otro estado miembro sin necesidad de requeriemintos adicionales.

Naturalmente, pueden haber razones específicas que justifiquen una desviación del principio de libre circulación de mercancías. Y por tanto, podrían permitirse ciertas barreras nacionales de forma justificada, pero solo, de acuerdo con la nueva reglamentación, un Estado Miembro puede rechazar la comercialización de un producto si puede probar, que esta prohibición es absolutamente necesaria de cara a proteger la seguridad nacional, la salud pública o el medio ambiente. El Estado Miembro soportará la carga de la prueba y tiene que demostrar por escrito y dentro de un plazo determinado las razones por las cuales, un producto que está siendo comercializado legalmente en otro Estado Miembro, no puede ser vendido en su mercado nacional o si requiere de pruebas adicionales.

Un producto que dispone de un Certificado de Conformidad tipo certificado TÜV es ya una garantia que el producto en cuestión no supone una amenaza para cualquiera de los 3 criterios de prohibición puesto que el respeto escrupuloso de exactamente estos principios es absolutamente necesario de cara a alcanzar el Certificado de Conformidad tipo certificado TÜV.

Se establecen tribunales especiales de mediación para resolver este tipo de conflictos. Estos tribunales son europeos, cuentan con delegaciones en cada pais miembro de la UE y serán gratuitos. Su nombre es SOLVIT.

A la vista de todo lo anterior, nuestros asesores (y aquí te incluyo a EIBACH y a la Asociación Europea del Tuning) nos dicen de actuar como sigue:

1. Dar al cliente una copia del presente email, para que pueda detallar esta información a la ITV. Si el no quiere hacerlo basta con que nos faciliteis los datos de la ITV en cuestión y lo haremos nosotros).

2. Facilitar al cliente copia del Certificado TÜV que os adjunto referido a los muelles y vehículo en cuestión.

3. En caso que la ITV (o el organismo que sea, incluida la policia) ponga algún tipo de objeción, el cliente debe exigir que se la comuniquen por escrito. Esto es fundamental para que nosotros podamos actuar.

4. Con el documento escrito de la objeción nosotros (junto con EIBACH y la Asociación Europea del Tuning) interpondremos la pertinente denuncia ante el tribunal Europeo de Mediación, antes citado, SOLVIT, con tal de resolver de una vez por todas esta serie de abusos que se han venido produciendo en los últimos años, y que si hasta ahora, la falta de una ley o reglamentación clara han permitido, la nueva regulación los rechaza especificamente.

¿Sabe alguién más sobre el tema?

Amberdawn
15/01/2010, 08:48
Y he encontrado más:

http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2008:218:0021:0029:es:PDF

http://www.forotandas.com/foro/showthread.php?t=7301

http://www.volvistas.es/forovolvistas/index.php?topic=7412.0

http://www.bmwfaq.com/f149/tuv-en-espana-479415/

Como siempre unos dicen que si vale otros que no...

maiabic
15/01/2010, 11:07
Las marcas estan mirando lo de la TUV para que cualquier homologacion europea valga para toda la UE,pero por ahora nada de nada aun.Por lo visto hay alguna Itv que son TUV y si aceptan los certificados pero no meten en ficha.Si finalmente se hace,lo normal es que al principio sea un poco lio y haya un poco de desbarajuste,pero al final,tiene que ser igual en todas las ITVs ya que las ITVs se rigen por las leyes estatales,no por las empresas a las que se deban.

Lo dicho aun nasti de plasti,todas las semanas estoy con un amigo que curra en la itv y es un tema que ya salio y como dice todavia nada de nada.
Nos timan como a los chinos...

salu2

maiabic
15/01/2010, 11:10
Aqui aparece la lista de las itv tuv http://www.tuv.com/es/inspeccion_tecnica_de_vehiculos.html
Seria ir y preguntar haber que te cuenta pero por ahora mandando correos a las itv normales contestan que nanai que necesitan proyecto al ser considerado modificación "grave".


salu2

Amberdawn
15/01/2010, 11:13
Ya. pero los dos que están cerca mio estan de huelga.

maiabic
15/01/2010, 11:49
Estan de huelga como asi??Juas las unicas de por aqui con tuv...haber si alguien que tenga algun centro de estos cerca pregunta o algo...

salu2

Amberdawn
15/01/2010, 18:30
Pues hoy que tenía tiempo después de hacer un examen he ido a bergara a la ITV, que es de la empresa Applus. Me han dicho que la TÜV no vale, que tengo que llevar pues el certificado de montaje, resolucion+anexos. Así que todavía supongo que no habrán implantado la ley.

De todas formas, sería interesante saber si realmente esa ley afecta a las homologaciones TÜV o simplemente es otro punto de vista del decreto que han sacado.

Saludos!

Gennoso
16/01/2010, 10:36
En la que tenemos aqui depende lo que sea, llevando lo de la tüv si vale. es mas en el papel de la itv te viene sellada por TUV.

Amberdawn
25/01/2010, 14:59
En la que tenemos aqui depende lo que sea, llevando lo de la tüv si vale. es mas en el papel de la itv te viene sellada por TUV.

Ya. Aqui las que estan de huelga son TÜV Rheinhald.

Maiabic dices que tu amigo dice que todavía nasti de plasti?

Es que parece ser que si llamas a SOLVIT ellos se encargan de informar a la ITV de que la TÜV vale, además eso le han dicho al usuario que citado antes los de EIBACH.

Consultando la homologación de un producto, me han respondido esto:

LA REFERENCIA EW10350160522 NO TIENE LA IDIADA, PERO TIENE LA TUV Y AHORA HAY UNA NUEVA REGULACION EUROPEA 764/2008 QUE DICE QUE TODO AQUELLO QUE ESTE HOMOLOGADO EN OTRO PAÍS, ESTARÁ HOMOLOGADO TAMBIEN PARA EL RESTO DE PAÍSES. LO QUE PASA ES QUE AUN EN MUCHAS ITV ESTO NO LO SABEN, PERO ES OFICIAL.

Respuesta:

Chicos, os confirmo que la TUV es legal. Acabo de recibir esta información del representante de Eibach:

Llevo tiempo hablándolo en otro foro y ayer recibí la confirmación por parte del representante de Eibach:



Desde el pasado dia 13.05.2009 está en vigor la nueva regulación europea 764/2008. Basicamente se trata de facilitar al máximo la libre circulación de mercancias entre los estados miembros de la Unión Europa y de limitar de forma radical las barreras que los Estados de forma unilateral puedan establecer. Para ello establece:

Una mercancia que se comercializa de forma legal en un Estado Miembro puede comercializarse de forma legal en cualquier otro estado miembro sin necesidad de requeriemintos adicionales.

Naturalmente, pueden haber razones específicas que justifiquen una desviación del principio de libre circulación de mercancías. Y por tanto, podrían permitirse ciertas barreras nacionales de forma justificada, pero solo, de acuerdo con la nueva reglamentación, un Estado Miembro puede rechazar la comercialización de un producto si puede probar, que esta prohibición es absolutamente necesaria de cara a proteger la seguridad nacional, la salud pública o el medio ambiente. El Estado Miembro soportará la carga de la prueba y tiene que demostrar por escrito y dentro de un plazo determinado las razones por las cuales, un producto que está siendo comercializado legalmente en otro Estado Miembro, no puede ser vendido en su mercado nacional o si requiere de pruebas adicionales.

Un producto que dispone de un Certificado de Conformidad tipo certificado TÜV es ya una garantia que el producto en cuestión no supone una amenaza para cualquiera de los 3 criterios de prohibición puesto que el respeto escrupuloso de exactamente estos principios es absolutamente necesario de cara a alcanzar el Certificado de Conformidad tipo certificado TÜV.

Se establecen tribunales especiales de mediación para resolver este tipo de conflictos. Estos tribunales son europeos, cuentan con delegaciones en cada pais miembro de la UE y serán gratuitos. Su nombre es SOLVIT.

A la vista de todo lo anterior, nuestros asesores (y aquí te incluyo a EIBACH y a la Asociación Europea del Tuning) nos dicen de actuar como sigue:

1. Dar al cliente una copia del presente email, para que pueda detallar esta información a la ITV. Si el no quiere hacerlo basta con que nos faciliteis los datos de la ITV en cuestión y lo haremos nosotros).

2. Facilitar al cliente copia del Certificado TÜV que os adjunto referido a los muelles y vehículo en cuestión.

3. En caso que la ITV (o el organismo que sea, incluida la policia) ponga algún tipo de objeción, el cliente debe exigir que se la comuniquen por escrito. Esto es fundamental para que nosotros podamos actuar.

4. Con el documento escrito de la objeción nosotros (junto con EIBACH y la Asociación Europea del Tuning) interpondremos la pertinente denuncia ante el tribunal Europeo de Mediación, antes citado, SOLVIT, con tal de resolver de una vez por todas esta serie de abusos que se han venido produciendo en los últimos años, y que si hasta ahora, la falta de una ley o reglamentación clara han permitido, la nueva regulación los rechaza especificamente.

La ley, sí ley, es el REGLAMENTO (CE) No 764/2008 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO

http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2008:218:0021:0029:es:PDF

El usuario de ese foro en cuestión tramitó una denuncia y le contestaron esto. Que igual el producto no tendría la CE y que preguntara en la DGT

Respuesta
Estimado Sr. Alfaro,

Las autoridades nacionales tienen competencias exclusivas en materia de homologación de vehículos o piezas de los mismos fabricadas fuera de su territorio o carentes del certificado CE. Por ello, es posible que la pieza haya sido homologada en Alemania pero que por las razones que sea no tenga la homologación CE, en cuyo caso, es altamente probable que deba obtener la homologación española con sujeción a lo dispuesto en la normativa española, no siendo automáticamente reconocida la homologación alemana.

El Reglamento nº 764/2008 no es de aplicación en casos como éste, ya que su ámbito de aplicación se refiere a las trabas que los Estados miembros puedan crear y que deriven en a) la prohibición de introducir en el mercado un determinado producto o tipo de producto; b) la modificación o el ensayo adicional de ese producto o tipo de producto antes de que pueda introducirse o mantenerse en el mercado; c) la retirada del mercado de ese producto o tipo de producto. En el caso en cuestión, una pieza de un vehículo fabricada fuera de la UE pero homologada en otro Estado miembro puede circular y ser comercializado en España, si bien su homologación en España estará sujeta a las normas de seguridad vial españolas.

En este contexto, el Derecho comunitario contempla toda una serie de medidas de homologación y armonización de vehículos y piezas nuevas que no se refieren al presente caso y que podrá conocer en el siguiente sitio web: http://ec.europa.eu/enterprise/autom...cles/index.htm

En cuanto a los trámites de homologación o reclamación al respecto le recomiendo que se dirija a la Dirección General de Tráfico, contacto:
C/ Arturo Soria, 125, C. P. 28071
Telf. 91 416.56.12
www.dgt.es

Un cordial saludo,

Y un usuario de gti16.com (BaezoN) le responde esto:

Yo hable hace poco con el ingeniero Pep Freixa, i me dijo que con la TÜV no se pasaba ITV, pero que haciendo un proyecto individual de homologacion entonces si la pasabas con ese material montado.

Para conseguir homologacion española, ese producto ha de hacer los tests en Idiada.

¿Alguien más sabe sobre este tema?

Saludos!

Amberdawn
25/01/2010, 15:13
mas info:

BUENOS DIAS MARCOS.

SOY GONZALO. NO ESCRIBO CON MI NICK PORQUE TODAVIA NO LLEGO AL MINMO DE POST.

VOY A INTENTAR SER CLARO Y BREVE.

LA REF. DE TU SUSPENSION, QUE ES LA 15210060. ESTA HOMOLOGADA POR EL T.U.V. POR KW ALEMANIA (HOMOLOGACION EUROPEA). ESTO ES ASI TANTO SI LA COMPRAS EN GONZAMOVIL, COMO EN CUALQUIER OTRA TIENDA.

TU COCHE, AL SER UN MODELO RELATIVAMENTE NUEVO O POR QUE HACE POCO QUE KW TIENEN SUSPENSIONES PARA ESE MODELO, NO SE HA HOMOLOGADO POR PARTE DE KW ESPAÑA A LA ESPERA DE QUE SE APRUEBE LA NUEVA LEY QUE PERMITIRA HOMOLOGAR DIRECTO CON LA T.U.V .

POR LOGICA, KW ESPÑA NO SE VA A GASTAR EL DINERO EN UNA HOMOLOGACION, SI LA NUEVA LEY MARCARÁ QUE LA T.U.V. ES SUFICIENTE PARA ELLO. ESTO ESTA PREVISTO PARA PRIMEROS DE AÑO

POR OTRO LADO, IGUALL QUE A TODOS LOS COMPAÑEROS QUE HEMOS LLAMADO, SE HA EXPLICADO LO MISMO. KW ESPAÑA ESTA A LA ESPERA DE ESTA RESOLUCION Y EN CASO CONTARIO, EMITIRAN ELLOS UNA HOMOLOGACION ESPAÑOLA IGUAL QUE SE HACIAHASTA AHORA.

DEBEIS ENTENDER, QUE NO ES QUE HAGAMOS LAS COSAS A ULTIMA HORA, SINO QUE HEMOS TENIDO UN DIA DE MARGEN PARA ULTIMAR LOS DETALLES DESDE QUE NOS ENVIASTEIS LAS DOCUMENTACIONES, POR LO QUE CREO QUE TANTO RUBEN COMO NOSOTROS HEMOS TRABAJADO AL 200% PARA HACER TODO EN EL MENOR TIEMPO POSIBLE.

POR SUPUESTO, MARCOS, COMO TE HE COMENTADO POR TELEFONO, ESTAS EN TODO TU DERECHO DE BORRARTE DE LA COMPRA, PERO QUIERO QUE ENTIENDAS QUE EL PROBLEMA QUE TE EXPONGO, LO VAS A TENER IGUAL, NO DEPENDE DEL SITIO DONDE LA COMPRES....POCO SERIO SERIA NO DECIRTE NADA Y SEGUIR CON LA COMPRA....

Que salga ya la p*** resoluciónnnn!!!! Coponn!!!

lupogt
25/01/2010, 15:17
Entonces cuando salga esta resolucion, por ej, los latiguillos metalicos, que traen T.U.V....ya no habria problema.

Amberdawn
25/01/2010, 15:18
Entonces cuando salga esta resolucion, por ej, los latiguillos metalicos, que traen T.U.V....ya no habria problema.

Pues por esa regla de tres no...

Amberdawn
25/01/2010, 15:23
SOLVIT:

http://ec.europa.eu/solvit/site/index_es.htm

Y otra pregunta ¿si vale la TUV, te añaden en la ficha la reforma?

Krosher
26/01/2010, 03:14
Hasta donde yo sé, todo lo expuesto anteriormente es REGLAMENTO, por lo tanto no es una ley aprobada y por lo tanto no es un REAL DECRETO, Según se decía hace un par de meses, hasta que no sea RD, no se aplicará, pero que por ahí acabará.

De todos modos, miraré de enterarme bien del tema. Pero tengo entendido esto, y en lo cual puedo estar equivocado tranquilamente, ya que es lo que me dijeron hace ya un tiempo.

Sobre lo de introducir en la ficha técnica... evidentemente cualquier reforma de importancia debe estar reflejada en la ficha técnica. Esto último si es así.

Por otro lado, y repito, según tengo entendido pero no estoy del todo seguro. Las empresas de homologación que no cumplan unos ciertos requisitos, solo podrán hacer RIG a nivel nacional, no europeo o una homologación individual.
En España solo 2 centros de homologación lo pueden hacer a nivel eurpeo. IDIADA e IMSA.

Siento haberos liado más :D

Amberdawn
26/01/2010, 09:37
Lo que me han contestado en boo.cc

(...) Comentarte que nos haces una muy bena pregunta, mucha gente esta consultando esa posibilidad.

Te diremos que es un tema sin resolver en el sentido que actualmente por lo menos de cara al tema que te interesa que es la homologaci´n de tus muelles no es de aplicación actualmente.

Si has leido la normativa verás como se indica que hay una exlusiones, ...

Si hay más novedades con este tema lo comentaremos. (...)

Lo que a mí extraña es que los de Eibach digan que está implantado ya y te dan esas directrices.

Krosher
26/01/2010, 15:03
Lo que a mí extraña es que los de Eibach digan que está implantado ya y te dan esas directrices.

Siempre ha sido así, no se aclaran ni ellos. Unos dicen una cosa y otros otra. Lo de siempre en este país.

Amberdawn
28/01/2010, 09:49
Bueno después de que los de boon.cc me hayan hecho unas consultas me han respondido esto.

Sobre este tema y tras hacer un par de consultas comentarte que lo que te dice esa marca no es correcto y con los certificados TUV actuales no van a aceptarlos salvo por error ya que no es algo que este amparado por esa normativa. La verdad es que es unpoco difil de explicarte el porque no sin extendernor más, pero por decirlo de una forma resumida se deberían de cumplir varios requisitos:

1) Que el laboratorio del pais X este reconocido en la CE o en España - esto puede ser posible.

2) El documento debe de ser una homologación cE o de tipo y no una nacional como son en la mayoría de los casos

3) Debería de estar el documento traducido al idioma del pais en cuestion, en este caso español.
Si el original no esta en ese idioma se require una traducción jurada.

4) Si el informe hace referencia pruebas, ... deben de aportarse también junto con la documentación y/o especificar claramente el cumplimiento de directivas parciales, ...

5) ...

Por otra parte y por explicartelo de una forma sencilla, los kits homologados es algo que ya existe actualmente y que se van a seguir pudiendo utilizar en adelante y que quedarán como única forma de hacer una homologación "general" de algún elemento y/o pieza.

Lo que sigo sin entender es lo de los kit homologados. ¿Qué son realmente?

Los puntos 1 y 2 (hombre será alemán pero en el resto de las comunidades europeas ya vale :D) los cumple la TÜV, el 3 no porque está en alemán y el 4 pues... yo no entiendo tanto alemán para entender lo que pone en "Prüfgrundlagen und Prüffergebnisse", que supongo que serán los apartados de las pruebas pertinentes.

Saludos!